sábado, 30 de junio de 2012

CON EL PERMISO Y LA AUTORIZACIÓN DEL ESTIMADO COLEGA HUGO BARRETTO GHIONE, DEL URUGUAY


Final del formulario
 curiosa interpretación
Ahora se sabe: la huelga no es un derecho en la OIT
Hugo Barretto Ghione
Ahora parece que el derecho de huelga no figura ni está reconocido en la Organización Internacional del Trabajo, y parece también que los organismos de contralor de los derechos humanos de ese organismo se han excedido en sus atribuciones al interpretar que la huelga está contenida en los convenios internacionales. Tal la posición del Grupo de los Empleadores en la última reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, realizada en Ginebra en la primera quincena de junio.
De acuerdo a las actas de la Conferencia, los empleadores han dicho que las reglas de interpretación internacionalmente aceptadas exigen que el convenio número 87 sobre libertad sindical “sea interpretado sin incluir el derecho de huelga”, en tanto dicha norma no lo menciona expresamente. Agregan que si la huelga fuera un derecho internacionalmente aceptado, “se limitaría la capacidad de los gobiernos nacionales para definir el derecho de huelga en su derecho interno”.
La posición expresada por los empleadores en la OIT tiene una serie de consecuencias extremadamente importantes en el plano de los derechos humanos y, lo que es más sorprendente, en el módico plano del sentido común.
La pretensión de reducir el reconocimiento de la huelga a un mero dispositivo del ordenamiento interno de los países resta jerarquía al derecho, que dejaría así de pertenecer al núcleo duro de los derechos de orden público internacional y de contar con uno de los mecanismos de contralor más relevantes, como es el de la Comisión de Expertos de la OIT. Acto seguido, recluiría a la huelga en el recinto de la reglamentación que cada gobierno dispusiera, dejándola al albur de las políticas y prácticas limitativas que más de una vez han sido consideradas inconstitucionales y contrarias al plexo de derechos fundamentales. Por eso, el control internacional del cumplimiento de los derechos individuales y colectivos es esencial ya que los derechos humanos (también) se globalizan y no conocen fronteras nacionales ni competencias exclusivas.
No por ser un sofisma deja de ser eficaz el argumento de los empleadores, que “mata dos pájaros de un tiro”: no solo baja la intensidad de la huelga como derecho al restarle dimensión internacional, sino que además lo ubica en los límites del derecho de cada país, haciéndolo de esa manera presa de las asfixiantes reglamentaciones de que es objeto casi siempre. Tan es cierta esta aseveración, que justamente ha sido tarea recurrente de la Comisión de Expertos de la OIT justipreciar las reglamentaciones que de la huelga han hecho los países miembros de la organización.
¿Que se diría si de otros derechos humanos, como el derecho de libre expresión o de la libertad política se dijera que no tienen reconocimiento internacional y que todo depende de las regulaciones que implementen los gobiernos a nivel nacional?
La retórica de los empleadores no resiste la simple lectura del Convenio 87, cuando dice que las organizaciones de trabajadores tienen el “derecho de organizar (…) sus actividades y formular su programa de acción”: ¿debería el convenio explicitar todas las actividades y acciones a que tienen derecho los sindicatos? ¿Debería decir, por ejemplo, que los sindicatos tienen derecho a realizar asambleas, informar a los asociados, negociar condiciones de trabajo, cobrar la cuota sindical, fundar una guardería? No es posible explicitar todas las “actividades” ni “acciones” de los sindicatos, ni desglosar todos los significados que puede desplegar el derecho a la libertad sindical.
El cuestionamiento de los empleadores en la OIT, de paso, trata de desacreditar la concepción amplia que el organismo tiene de la huelga, que incluye la modalidad de ocupación de los lugares de trabajo.
De ser válida la posición que sostienen los empresarios, hace casi 65 años que estaríamos enseñando y aplicando el derecho del trabajo de manera equivocada, ya que venimos a enterarnos, el día menos pensado, que la huelga no existe como derecho en los convenios de la OIT y que la Comisión de Expertos – integrada por catedráticos independientes de las más diversas culturas jurídicas – es un colectivo de tramoyistas

Estimados amigos y amigas., al respecto escribí al Dr. Barretto Ghione lo siguiente: 
Estimado Hugo, un gusto en saludarte, pero no me asombra nada de esto, ya hace mucho tiempo que la libertad sindical está cuestionada y el propio convenio 87 aún ratificado por los países, sigue siendo incumplido y nada pasa. Todavía quedan muchas cosas por ver, esperemos que no tan graves en carácter de interpretación como esta, no vaya a ser que próximamente el convenio de trabajo forzoso sea interpretado como trabajo con grilletes y azotes nada más.

viernes, 29 de junio de 2012

COLABORACIÓN DE LA DRA. SANDRA CORREA LEÓN, DEL ECUADOR.

LOS CARTELES DE LA DROGA

GLOBALES Y LOCALES

Para ser Presidente de la República es necesario un soporte político; para ser banquero es indispensable tener mucho dinero, sin importar de dónde provenga; para ser funcionario internacional o nacional de alto nivel es indispensable servir a algún grupo mafioso que esté lucrando del poder político de algún Estado.

Todos necesitan un cartel o soporte para permanecer en sus puestos de servicio. En el portal de internet, de MEEQUIS de 9 de enero de 2012, apareció el artículo: “El cartel de la DEA” (Agencia Antidrogas de Estados Unidos) que administra la producción, comercialización y consumo de la droga en el mundo, para dar sustento a la banca norteamericana. Los “patios traseros” de Colombia, Perú y Afganistán, principales productores de cocaína y opio en el mundo, están controlados por EEUU de Norteamérica y cumplen a cabalidad con su función de abastecedores de droga.

El señor Yury Fedotov, Director Ejecutivo de la “Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito” (UNODC), hace público el “Informe Mundial sobre las drogas” 2012 y nos dice entre otras cosas que “…230 millones de personas, o el 5% de la población adulta del mundo, consumieron alguna droga ilícita por lo menos una vez en 2010.” La mayoría de consumidores están en los países “desarrollados” de Norte América y Europa, que son también “desarrollados” en crisis financieras (sic).

Pero, para la UNODC el problema no está en el consumo de los países desarrollados, sino en la producción, es decir, el problema está en Colombia, Perú, Bolivia, Afganistán, entre otros países, que están dedicados a la producción.

Para el “Grupo de Acción Financiera Internacional” (GAFI), compuesto por los países “desarrollados”, el problema no es Colombia, Perú, Afganistán, que producen la droga para los países desarrollados; está en los países limítrofes que dejan pasar la droga y en la banca “libre e independiente” de estos países que obtienen las mayores ganancias históricas, dedicados al lavado de activos, y, por tanto colocan al Ecuador en la “lista negra”.

Por lo tanto los países “desarrollados” deciden calificar como problema, no el consumo, tampoco la producción, sí, su vulnerabilidad política y bancaria, que permite pasar aviones y submarinos narcos, CON MAS DE DOSCIENTOS TONELADAS DE DROGA AL AÑO  y lavar más de DOS MIL MILLONES de narcodólares en la banca.

De manera burda y cómplice, la Superintendencia de Bancos, la Procuraduría General del Estado y la Fiscalía General del Estado, pretenden oponerse a la calificación del GAFISUD y cierran los ojos a lo que está realizando la banca ecuatoriana, en la prestación de sus relevantes servicios a los narcotraficantes, sin que denuncien a los banqueros narcolavadores, ni enjuicien a los delincuentes de cuello blanco. Mientras esto suceda, los puestos de aquellos funcionarios estarán asegurados y con el soporte de los narcotraficantes.

La ONU, DEA, GAFISUD, seguirán cumpliendo el papel de carteles globales de la droga, mientras que en el Ecuador lo hacen otros carteles locales. Los narcos colombianos, mexicanos, peruanos y banqueros lavadores pueden estar tranquilos.

Luis Torres Rodríguez*
c.c.1703257657

jueves, 28 de junio de 2012

COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS, EL IMPERIO NO DESCANSA, POR ESO TENEMOS QUE ESTAR ALERTAS.


SOLIDARIDAD CON ORGANIZACIONES SOCIALES QUE MANIFIESTAN SU RESPALDO A PROCESO DE CAMBIOS EN BOLIVIA

Ante maniobras contra el gobierno de Evo Morales Ayma por parte de los que se oponen al proceso de transformación que ha impulsado, organizaciones de trabajadores, campesinos, indígenas y otras organizaciones sociales, se movilizan.

Desde Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, donde nos encontramos, manifestamos nuestra solidaridad con tales manifestaciones que expresan la voluntad de defender, firmemente, la continuidad de los avances en beneficio del pueblo boliviano.

Pese a la solución brindada a las demandas presentadas por representantes de los miembros de órganos policiales,  se pretende mantener el amotinamiento que evidentemente está siendo manipulado por fuerzas retrogradas que pretenden retrotraer a Bolivia a un pasado sin futuro para su pueblo.

¡Respaldamos al gobierno del campesino, dirigente sindical, luchador social que por mandato de su pueblo ha sido democráticamente electo!

¡Defendamos, junto a su pueblo, al gobierno popular de Evo Morales Ayma!



Ramon Cardona
SECRETARIO
FEDERACION SINDICAL MUNDIAL
Región América Latina y el Caribe

RIO +20 LE FALLÓ A MUCHOS Y MUCHAS. NO FUE LO ESPERADO. PERO HAY QUE SEGUIR AVANZANDO HACIA FUTURAS ACTIVIDADES. EL CAMINO ES LARGO, PERO SE LLEGA


Río+20 falló (también) a las mujeres

Por Anayeli García Martínez * IPS /Cimac 


MÉXICO, jun (IPS) - La resolución final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, Río+20, negó la conquista femenina de decidir libremente sobre la maternidad, por el triunfo de una agenda "conservadora".
Con el aval de ONU Mujeres, Estados Unidos y Brasil, la Conferencia culminó el día 22 con la exclusión en el documento final de alusiones a los derechos sexuales y reproductivos, acusaron las organizaciones feministas, presentes o no en la cumbre de tres días que acogió la ciudad de Río de Janeiro. 
Lydia Alpízar, directora en México de la Asociación para los Derechos de la Mujer y el Desarrollo (AWID, en inglés), alertó que la declaración de Río+20 sí habló de las mujeres, pero sin hacer una mención clara sobre sus derechos. 

Alpízar, quien estuvo presente en la cumbre, explicó que El Vaticano, Egipto y Siria encabezaron un bloque de países que promovieron que en la resolución final quedarán términos como "planificación familiar" y no derechos sexuales. 

Esto implica, precisó la activista, que a nivel global persiste una "visión conservadora", en la que se cree que el único papel de las mujeres es la reproducción, y que por tanto ejercer su sexualidad no se considera un derecho. 
El documento conclusivo de Río+20 generó una alta polémica entre mujeres de organizaciones civiles de todo el mundo, que participaron en la Cumbre de los Pueblos, el foro paralelo de la conferencia oficial. De hecho, la sociedad civil se declaró frustrada por el "completo fracaso" de la cumbre. 

En el caso de las mujeres, las masivas críticas obligaron a la directora de ONU Mujeres, la chilena Michelle Bachelet; la secretaria de Estado de Estados Unidos, Hillary Clinton, y la anfitriona de la cumbre y presidenta de Brasil, Dilma Rousseff, a pronunciarse al respecto. 

Bachellet reconoció que se podría haber mejorado la redacción de la agenda, pero que "la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en todos los marcos institucionales forman parte del resultado final del documento". 

Clinton aseguró que en la declaración se incluyó "lo esencial", y ante un grupo de inconformes apuntó que "las mujeres tienen que tener el poder de tomar decisiones sobre cuándo y dónde desean tener hijos". 

Al ser acusada de "traicionar" al movimiento feminista, Rousseff atajó que "en Brasil estamos invirtiendo para superar dificultades y precariedades en el acceso a los servicios públicos de salud, con pleno ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos". Peor que en la Cumbre de la Tierra 

A la andanada de El Vaticano, Egipto y Siria contra iniciativas de incluir los derechos de las mujeres, se sumaron los gobiernos de Chile, Costa Rica, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Rusia, denunciaron los grupos de mujeres. 

Como resultado, la declaración final de Río+20 contrastó negativamente con lo alcanzado a favor de los derechos de la población femenina hace 20 años, durante la llamada Cumbre de la Tierra, que organizó la ONU también en Río y en este mes, 20 años atrás. 

En 1992 el movimiento de mujeres logró que en el documento final, conocido como Agenda 21, se incluyera un capítulo exclusivo para las mujeres. Este año no ocurrió así. 

En la Agenda 21 se aseguró que los compromisos se alcanzarían por medio de políticas, guías nacionales y planes que garantizaran la equidad en todos los aspectos de la sociedad, incluyendo la participación activa de las mujeres en la toma de decisiones y el manejo ambiental. 
EL capítulo especifico sobre las mujeres, el 24, se tituló "Medidas mundiales a favor de la mujer para lograr un desarrollo sostenible y equitativo". 

Allí se pidió a los gobiernos eliminar obstáculos constitucionales, jurídicos, administrativos, culturales, sociales, económicos y de comportamiento, que impiden la plena participación de las mujeres en el desarrollo sostenible y en la vida pública. 

En cambio, en la declaración final de Río+20 no solo no hubo capítulo sobre las mujeres, sino que solo hay referencias a ellas en 50 ocasiones, sin hablar nunca de sus derechos específicos, criticaron organizaciones ciudadanas. 

En el párrafo 45 del documento se recalca que las mujeres pueden contribuir al logro del desarrollo sostenible, y se reconoce la función de su liderazgo. Los gobiernos firmantes afirman que promoverán la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer. 

En el párrafo 145 se pone de relieve la necesidad de proporcionar acceso universal a la salud reproductiva, incluida la planificación familiar y la salud sexual, y de integrar la salud reproductiva en las estrategias y los programas nacionales. 

Sin embargo, acusaron las feministas de la sociedad civil, no se habló del concepto "derechos sexuales y reproductivos" ni del derecho de las mujeres a ejercer libremente su maternidad y espaciamiento de las y los hijos. 

La académica de la pública Universidad Nacional Autónoma de México, Gloria Carega, calificó como "alarmante" lo sucedido en Río de Janeiro. 

Se teme, explicó, que el desconocimiento en la declaración final de los derechos de las mujeres como factor de desarrollo influyan en la próxima gran conferencia mundial y también en ella se dé un paso atrás en cuanto a las demandas femeninas recogidas en la declaración final. 

En 2014 la ONU realizará la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, ya conocida como El Cairo+20, porque en la capital egipcia se evaluará ese año la marcha de las políticas dos décadas después de la anterior cumbre sobre el tema. 

La conferencia de 1994 en El Cairo concluyó con un plan de acción que representó un gran cambio en el debate internacional sobre la vinculación entre población y desarrollo, porque se establecieron normas de actuación y se fue más allá del control demográfico. 

La conferencia de El Cairo sentó las bases para que las políticas de población se aborden desde una perspectiva social, que tenga en cuenta la condición de la mujer y sus derechos en materia de salud reproductiva. 

* Una versión de este artículo fue publicada originalmente por la agencia mexicana de noticias de Comunicación e Información de la Mujer AC, Cimac. (FIN/2012)

miércoles, 27 de junio de 2012

PARECERÍA ATRASADA LA REFLEXIÓN PERO MANTIENE ACTUALIDAD CADA VEZ MAYOR

Gracias a mi querido amigo y colega Vidal Aragones, de Barcelona, España, que me permite publicar estas reflexiones sobre la crisis y su impacto en las mujeres trabajadoras. Los dejo con el texto.

8 DE MARZO, CONTRARREFORMA LABORAL Y LOS DERECHOS DE LA MUJER TRABAJADORA.
Con casi toda seguridad este 8 de marzo de 2012 pasará a la Historia del Estado español no como un día más de la Mujer Trabajadora sino como el de convalidación del RD-Ley 3/2012. Más allá del mal gusto que supone situar en este día de reivindicación la reaprobación de la norma más regresiva en cuanto a
derechos laborales, debemos subrayar la especial afectación que para las mujeres supondrá la nueva normativa.
Unas semanas después de la publicación de la contrarreforma laboral tan sólo los sectores ultras han sido incapaces de reconocer la virulencia de las medidas aprobadas por el Gobierno. Seguramente, fruto de la habitual insensibilidad existente para la realización de análisis de género de las normativas, no se ha prestado la necesaria atención sobre la más gravosa afectación que para la mujer trabajadora tendrán los ya vigentes cambios legales.
La desregularización del contrato a tiempo parcial (prácticamente impuesto a una de cada 4 trabajadoras y residual en los trabajadores) a través de la legalización de las horas extraordinarias puede suponer trabajar a la carta a gran parte de las mujeres que ostentan este contrato.
La eliminación de los salarios de tramitación y la reducción de la indemnización convertirá en más inestable la relación laboral especialmente para quien ostenta menor antigüedad y salario, es decir, las trabajadoras. Observarán que ahora sus contratos, más allá de temporales o indefinidos, serán sometidos a término con indemnizaciones de 8, 9, 20 o 33 días por año trabajado.
La clarificación y facilitación del despido para el personal laboral del sector público tendrá una mayor afectación sobre las mujeres. Este ámbito es el que había permitido que la mujer trabajadora consolidase mayor estabilidad laboral y allí la brecha de desigualdad retributiva es más reducida, curiosamente donde en
general se consolida el trabajo por criterios de mérito y capacidad. A su vez la destrucción de empleo en empresas públicas y Administración será el procedimiento a través del cual se intentarán desmantelar gran parte de los servicios públicos que han jugado un importante papel en la emancipación social de la mujer, en la medida que las separa de su histórico rol de trabajo reproductivo y familiar. Una amplia red de guarderías y escuelas públicas de calidad así como otros servicios sociosanitarios son los que facilitan un proceso de independencia de la mujer trabajadora.
Una normativa formalmente neutra en cuanto a la afectación de género, la de la modificación de las condiciones de trabajo, se convertirá en la forma y causa más barata de despedir a mujeres. El facilitar la modificación de las condiciones de trabajo, entre otras horario y régimen a turnos, supondrá que muchas
trabajadoras ahora se encontrarán con las variaciones de su forma de prestación de servicios que será utilizada como una vía de despido indirecto. En la medida que ejercen también trabajo reproductivo y familiar no retribuido, las empresas comunicarán nuevas condiciones, que impidan la compatibilidad entre la vida
familiar y laboral, para que soliciten la extinción de su contrato con una indemnización de 20 días por año con tope 9 mensualidades.
Toma también importancia la nueva forma de reducción de jornada por guarda legal de menores, derecho ejercido básicamente por mujeres y residualmente por hombres, cuyo nuevo requisito de desarrollo diario supondrá una limitación real del derecho. Ello provocará que no pueda ejercerse el no trabajar un día concreto, forma en la que una parte de mujeres hacían compatible su vida familiar y laboral.
La contrarreforma laboral se convertirá en el punto de inflexión del ascenso-descenso de los derechos laborales de la mujer durante los últimos años. Aún así debemos hacer crítica y autocrítica a algunas de las consignas que formalmente defiende la tan necesaria igualdad retributiva. No se puede reclamar igualdad
salarial y negar que es la división social del trabajo la que con la cuestión de género consolida esa realidad. La desigualdad retributiva que sufre la mujer no obedece en origen a una regulación diferenciada sino entre otras cuestiones a la proletarización de la mujer, en el sentido de ocupar aquellos trabajos de mayor
precariedad.
A su vez desde sectores que solicitan sociedades radicalmente igualitarias no se asume que en la medida en que no se incorpore a los hombres al trabajo reproductivo o familiar no se conseguirá la tan anhelada igualdad en términos de género. Hemos pasado de la discriminación directa a la indirecta y en los últimos
años podemos hablar del efecto negativo que puede provocar bajo el capitalismo la existencia de medidas de conciliación que mayoritariamente se ejercen por mujeres. Esto último ha provocado rechazo del género femenino por determinados sectores empresariales. Por todo lo expuesto debemos asumir que las “normas del mercado” no nos traerán la igualdad. Seguramente se hace necesario que se establezca obligatoriedad del ejercicio de maternidad-paternidad por parte de los hombres. En todo caso en el género masculino deberíamos exigirnos el ejercicio de nuestras responsabilidades familiares como elemento de avance para la
igualdad entre trabajadores y trabajadoras.
Vidal Aragonés, 8 de marzo de 2012.

RECIBIDO A TRAVÉS DE PEDRO GUGLIELMETTI, MUY BUENO PARA ABRIR EL DEBATE.


¿La Nueva LOTTT fomenta el Diálogo Social?
Los medios nacionales han difundido, luego de las Conferencias  en junio de la OIT, que en Venezuela no hay diálogo social y que la Tripartita no se reúne. El Presidente Comandante Hugo Chávez Frías acaba de promulgar la Ley Orgánica de las Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT), por ello es importante debatir si esta LOTTT es más o menos dialógica que la vieja LOT, ya que ello comprende una importante discusión en cuanto a si ahora existe una mayor participación, consulta, intercambio, negociación, comunicación y libertad de expresión en el logro de reivindicaciones laborales.
 Veamos: El Presidente – en trece años- nunca reunió a la Comisión Tripartita nacional (CTN) que, según los arts. 138 y 168 LOT  (1997) estaba constituida por “la” organización más representativa de empleadores y trabajadores y el Ejecutivo Nacional. Significaba que sólo intervenían en el diálogo social (DS) una sola organización sindical de empleadores y una de trabajadores. Sin duda se vetaba a las demás organizaciones aunque eran corrientes importantes de opinión. Era esta la razón discriminatoria de peso que tenía el Presidente para no reunir a la CTN.
Así las cosas, la LOTTT, entonces, termina por derogar esa CTN e incluir para el DS dos arts. de gran importancia el 25 y el 129. El primero (25) dispone que, en el proceso social trabajo, se favorezca y estimule un diálogo social amplio, fundamentado en la democracia participativa, corresponsabilidad e inclusión social. El segundo (129) establece que para fijar los salarios mínimos se realice una amplia consulta – en lenguaje laboral significa un amplio diálogo- para conocer las opiniones de las distintas organizaciones sociales.
Dentro de esta perspectiva, aquella, la LOT, sólo daba oportunidad a “una” organización sindical de trabajadores y a “una” de trabajadores (CTV y FEDECÁMARAS), descartando a todas las demás. Ese trato desigual -para sorpresa de todos- no lo sancionó la original LOT de 1990 sino su Proyecto de Reforma de junio de 1997. Esto es muy poco conocido, pero en mi rol de profesor-investigador me dirigí al Centro de de Información y Documentación Legislativa de la Asamblea Nacional y en el diario de debate del día 04 de junio de 1997, aparece la discusión de los artículos 138 y 198 del Proyecto de Reforma LOT elaborado por la CTN (junio1997) que, como ya indiqué, estaban redactados originalmente en plural (1990) “las organizaciones más representativas de patronos y trabajadores”.
Quiero con ello significar que quedó evidenciado, resultando muy grave para la democracia e integración sindical venezolana el diario de debates del día 04 de junio de 1997, especialmente, cuando toma la palabra el Senador por Acción Democrática (AD) Lucas Matheus. Este senador advirtió la gravedad de la redacción en el Proyecto de ambas normas y la transformación del plural al singular, veamos el texto: EL PRESIDENTE: Tiene la palabra el senador Lucas Matheus:
….Ustedes pueden darse cuenta aquí de la importancia que se le está dando a la Comisión Tripartita. Le están dejando una “pata coja”, porque pueden existir dos centrales muy fuertes en el país, o tres, y entonces se escoge a la más poderosa entre ellas. Pero en las organizaciones empresariales también puede ocurrir esto. ¿Cuántas organizaciones empresariales hay? O nosotros somos capaces de prever que solamente habrá una de ellas, no pueden tener fuerzas simultáneas. Lo que quiero decir que esto no se corresponde con el espíritu plural de la democracia venezolana y. en consecuencia,  yo propongo que esto diga…”las organizaciones sindicales de los trabajadores más representativas y las organizaciones más representativas de los patronos…” con el fin de que se “pluralice”  ese “singular” que no me parece conveniente porque es excluyente. Pueden oír o desatender la propuesta, pero yo estoy seguro que muchos de los votos a favor de lo que están contenidos en el artículo, si se hace, es contraviniendo la propia conciencia de muchos senadores que están aquí que saben lo que significa esa tendencia totalitaria, ¿será?. (subrayado nuestro)
Finalmente queremos terminar esta reflexión aclarándole al lector lo funesto que fue la CTN que, en resumen, no sólo acabó (i) con la retroactividad de las prestaciones sociales sino que (ii) dejó el camino abierto para privatizar la Seguridad Social y, por si esto fuera poco, (iii) cercenó el pluralismo, integración, participación y la democracia sindical tanto en el plano nacional como internacional…
¿Cuál de las dos leyes entonces es más democrática e incluyente?