DECLARACIÓN
DEL CENTENARIO DE LA OIT PARA EL FUTURO DEL TRABAJO
La Conferencia Internacional del Trabajo,
congregada en Ginebra en su centésima octava reunión con motivo del centenario
de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),
Considerando que la experiencia
del siglo pasado ha confirmado que la acción continua y concertada de los
gobiernos y de los representantes de los empleadores y los trabajadores es
esencial para alcanzar la justicia social y la democracia, así como para
promover la paz universal y permanente;
Reconociendo que esa acción ha
aportado avances económicos y sociales históricos que han dado lugar a
condiciones de trabajo más humanas;
Considerando además que la pobreza, la
desigualdad y la injusticia, así como los conflictos, los desastres y otras
emergencias humanitarias, que persisten en muchas partes del mundo constituyen
una amenaza para esos avances y para el logro de la prosperidad compartida y el
trabajo decente para todos;
Recordando y reafirmando los fines, objetivos,
principios y mandato establecidos en la Constitución de la OIT y la Declaración
de Filadelfia (1944);
Subrayando la importancia de la Declaración de la
OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998) y
de la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización
equitativa (2008);
Animada por el imperativo de
justicia social que dio nacimiento a la OIT hace cien años, y por la convicción
de que los gobiernos, los trabajadores y los empleadores del mundo tienen a su
alcance revitalizar la Organización y configurar un futuro del trabajo que haga
realidad su visión fundadora;
Reconociendo que el diálogo social
contribuye a la cohesión global de las sociedades y es crucial para una
economía que sea productiva y eficiente;
Reconociendo además la importancia de la
función de las empresas sostenibles como generadoras de empleo y promotoras de
innovación y trabajo decente;
Reafirmando que el trabajo no es
una mercancía;
Comprometiéndose con un mundo del
trabajo libre de violencia y acoso;
Destacando la importancia de promover el
multilateralismo, en particular para configurar el futuro del trabajo que
queremos y para afrontar los retos del mundo del trabajo;
Exhortando a
todos los mandantes de la OIT a que renueven su firme compromiso y revitalicen
sus esfuerzos en pro de la justicia social y de la paz universal y permanente
que acordaron en 1919 y en 1944; y
Movida por el deseo de
democratizar la gobernanza de la OIT mediante una representación equitativa de
todas las regiones y de consagrar el principio de igualdad entre los Estados
Miembros,
Adopta, con fecha veintiuno
de junio de dos mil diecinueve,
la Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del Trabajo.
I
La Conferencia declara que:
A. La OIT conmemora su
centenario en un momento en que el mundo del trabajo se está transformando
radicalmente impulsado por las innovaciones tecnológicas, los cambios
demográficos, el cambio medioambiental y climático y la globalización, así como
en un momento de desigualdades persistentes, que tienen profundas repercusiones
en la naturaleza y el futuro del trabajo y en el lugar y la dignidad de las
personas que se encuentran en dicho contexto.
B. Es imprescindible actuar
urgentemente para aprovechar las oportunidades y afrontar los retos a fin de
construir un futuro del trabajo justo, inclusivo y seguro con empleo pleno,
productivo y libremente elegido y trabajo decente para todos.
C. Ese futuro del trabajo es
fundamental para un desarrollo sostenible que ponga fin a la pobreza y no deje
a nadie atrás.
D. La OIT, en su segundo
siglo de existencia, debe seguir cumpliendo con tenacidad su mandato
constitucional de lograr la justicia social desarrollando su enfoque del futuro
del trabajo centrado en las personas, que sitúa los derechos de los
trabajadores y las necesidades, las aspiraciones y los derechos de todas las
personas en el núcleo de las políticas económicas, sociales y ambientales.
E. El crecimiento de la Organización
en los últimos cien años para alcanzar la composición universal significa que
la justicia social puede prosperar en todas las regiones del mundo y que la
plena contribución de los mandantes de la OIT a este empeño sólo puede lograrse
mediante una participación plena, equitativa y democrática en su gobernanza
tripartita.
II
La Conferencia declara que:
A. Al ejercer su mandato
constitucional, tomando en consideración las profundas transformaciones en el
mundo del trabajo, y al desarrollar su enfoque del futuro del trabajo centrado
en las personas, la OIT debe orientar sus esfuerzos a:
i) asegurar una transición
justa a un futuro del trabajo que contribuya al desarrollo sostenible en sus
dimensiones económica, social y ambiental;
ii) aprovechar todo el
potencial del progreso tecnológico y el crecimiento de la productividad,
inclusive mediante el diálogo social, para lograr trabajo decente y desarrollo
sostenible y asegurar así la dignidad, la realización personal y una distribución
equitativa de los beneficios para todos;
iii) promover la adquisición
de competencias, habilidades y calificaciones para todos los trabajadores a lo
largo de la vida laboral como responsabilidad compartida entre los gobiernos y
los interlocutores sociales a fin de:
— subsanar los déficits de
competencias existentes y previstos;
— prestar especial atención
a asegurar que los sistemas educativos y de formación respondan a las
necesidades del mercado de trabajo, teniendo en cuenta la evolución del
trabajo, y
— mejorar la capacidad de
los trabajadores de aprovechar las oportunidades de trabajo decente;
iv) formular políticas
eficaces destinadas a crear empleo pleno, productivo y libremente elegido y
oportunidades de trabajo decente para todos y en particular facilitar la
transición de la educación y la formación al trabajo, poniendo énfasis en la
integración efectiva de los jóvenes en el mundo del trabajo;
v) fomentar medidas que
ayuden a los trabajadores de edad a ampliar sus opciones, optimizando sus oportunidades
de trabajar en condiciones buenas, productivas y saludables hasta la
jubilación, y permitir un envejecimiento activo;
vi) promover los derechos de
los trabajadores como elemento clave para alcanzar un crecimiento inclusivo y
sostenible, prestando especial atención a la libertad de asociación y la
libertad sindical y al reconocimiento efectivo del derecho de negociación
colectiva como derechos habilitantes;
vii) lograr la igualdad de
género en el trabajo mediante un programa transformador, evaluando
periódicamente los progresos realizados, que:
— asegure la igualdad de
oportunidades, la participación equitativa y la igualdad de trato, incluida la
igualdad de remuneración entre mujeres y hombres por un trabajo de igual valor;
— posibilite una repartición
más equilibrada de las responsabilidades familiares;
— permita una mejor
conciliación de la vida profesional y la vida privada, de modo que los
trabajadores y los empleadores acuerden soluciones, inclusive en relación con
el tiempo de trabajo, que tengan en cuentan sus necesidades y beneficios
respectivos, y
— promueva la inversión en
la economía del cuidado;
viii) asegurar la igualdad
de oportunidades y de trato en el mundo del trabajo para las personas con
discapacidad, así como para otras personas en situación de vulnerabilidad;
ix)
apoyar el papel del sector privado como fuente principal de crecimiento
económico y creación de empleo promoviendo un entorno favorable a la iniciativa
empresarial y las empresas sostenibles, en particular las microempresas y
pequeñas y medianas empresas, así como las cooperativas y la economía social y
solidaria, a fin de generar trabajo decente, empleo productivo y mejores
niveles de vida para todos;
x) apoyar el papel del
sector público como empleador relevante y proveedor de servicios públicos de
calidad;
xi) fortalecer la
administración y la inspección del trabajo;
xii) asegurar que las
modalidades de trabajo y los modelos empresariales y de producción en sus
diversas formas, también en las cadenas nacionales y mundiales de suministro,
potencien las oportunidades para el progreso social y económico, posibiliten el
trabajo decente y propicien el empleo pleno, productivo y libremente elegido;
xiii) erradicar el trabajo
forzoso y el trabajo infantil, promover el trabajo decente para todos y
fomentar la cooperación transfronteriza, inclusive en áreas o sectores de alta
integración internacional;
xiv) promover la transición
de la economía informal a la economía formal, prestando la debida atención a
las zonas rurales;
xv) adoptar y ampliar
sistemas de protección social que sean adecuados y sostenibles y estén
adaptados a la evolución del mundo del trabajo;
xvi) profundizar e
intensificar su labor sobre migración laboral internacional en respuesta a las
necesidades de los mandantes y asumir una función de liderazgo en materia de
trabajo decente en la migración laboral, y
xvii) intensificar la
participación y cooperación en el sistema multilateral a fin de reforzar la
coherencia de las políticas, en consonancia con el reconocimiento de que:
— el trabajo decente es
clave para el desarrollo sostenible, así como para reducir la desigualdad de
ingresos y acabar con la pobreza, prestando especial atención a las zonas
afectadas por conflictos, desastres y otras emergencias humanitarias, y
— en un contexto de
globalización, la no adopción por un país de condiciones de trabajo humanas
constituiría más que nunca un obstáculo al progreso en todos los demás países.
B. El diálogo social,
incluida la negociación colectiva y la cooperación tripartita, es un fundamento
esencial de todas las actividades de la OIT y contribuye al éxito de la
elaboración de políticas y la toma de decisiones en sus Estados Miembros.
C. La cooperación efectiva
en el lugar de trabajo es una herramienta que contribuye a que los lugares de
trabajo sean seguros y productivos, de tal manera que se respeten la
negociación colectiva y sus resultados sin menoscabar el papel de los
sindicatos.
D. Las condiciones de
trabajo seguras y saludables son fundamentales para el trabajo decente.
III
La Conferencia exhorta a
todos los Miembros, teniendo en cuenta las circunstancias nacionales, a que
colaboren individual y colectivamente, basándose en el tripartismo y el diálogo
social, y con el apoyo de la OIT, a seguir desarrollando su enfoque del futuro
del trabajo centrado en las personas mediante:
A. El fortalecimiento de las
capacidades de todas las personas para beneficiarse de las oportunidades de un
mundo del trabajo en transición, a través de:
i) el logro efectivo de la
igualdad de género en materia de oportunidades y de trato;
ii) un sistema eficaz de
aprendizaje permanente y una educación de calidad para todos;
iii) el acceso universal a
una protección social completa y sostenible, y
iv) medidas efectivas para
ayudar a las personas a afrontar las transiciones a lo largo de su vida
laboral.
B. El fortalecimiento de las
instituciones del trabajo a fin de ofrecer una protección adecuada a todos los
trabajadores y la reafirmación de la continua pertinencia de la relación de
trabajo como medio para proporcionar seguridad y protección jurídica a los
trabajadores, reconociendo el alcance de la informalidad y la necesidad de
emprender acciones efectivas para lograr la transición a la formalidad. Todos
los trabajadores deberían disfrutar de una protección adecuada de conformidad
con el Programa de Trabajo Decente, teniendo en cuenta:
i) el respeto de sus
derechos fundamentales;
ii) un salario mínimo
adecuado, establecido por ley o negociado;
iii) límites máximos al
tiempo de trabajo, y
iv) la seguridad y salud en
el trabajo.
C. El fomento del
crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y
productivo y el trabajo decente para todos a través de:
i) políticas macroeconómicas
orientadas al cumplimiento de ese objetivo;
ii) políticas comerciales,
industriales y sectoriales que favorezcan el trabajo decente y aumenten la
productividad;
iii) inversión en
infraestructuras y en sectores estratégicos para abordar los factores que
generan cambios transformadores en el mundo del trabajo;
iv) políticas e incentivos
que promuevan el crecimiento económico sostenible e inclusivo, la creación y el
desarrollo de empresas sostenibles, la innovación y la transición de la
economía informal a la economía formal, y que favorezcan la adecuación de las
prácticas empresariales a los objetivos de esta Declaración, y
v) políticas y medidas que
permitan asegurar una protección adecuada de la privacidad y de los datos
personales y responder a los retos y las oportunidades que plantea la
transformación digital del trabajo, incluido el trabajo en plataformas, en el
mundo del trabajo.
IV
La Conferencia declara que:
A. La elaboración, la
promoción, la ratificación y el control del cumplimiento de las normas
internacionales del trabajo tienen una importancia fundamental para la OIT.
Para ello, la Organización debe tener y promover un corpus de normas
internacionales del trabajo sólido, claramente definido y actualizado y seguir
aumentando la transparencia. Las normas internacionales del trabajo también
deben responder a la evolución del mundo del trabajo, proteger a los
trabajadores y tener en cuenta las necesidades de las empresas sostenibles, y
estar sujetas a un control reconocido y efectivo. La OIT prestará asistencia a
sus Miembros en relación con la ratificación y la aplicación efectiva de las
normas.
B. Todos los Miembros
deberían trabajar en pro de la ratificación y la aplicación de los convenios
fundamentales de la OIT y considerar periódicamente, en consulta con las
organizaciones de empleadores y de trabajadores, la ratificación de otras
normas de la OIT.
C. Corresponde a la OIT
reforzar la capacidad de sus mandantes tripartitos para:
i) promover el desarrollo de
organizaciones de interlocutores sociales que sean fuertes y representativas;
ii) participar en todos los
procesos pertinentes, inclusive con las instituciones, programas y políticas
del mercado de trabajo, dentro y fuera de sus fronteras, y
iii) abordar todos los
principios y derechos fundamentales del trabajo, a todos los niveles, según
proceda, mediante mecanismos de diálogo social consolidados, influyentes e
inclusivos,
con la convicción de que esa
representación y ese diálogo contribuyen a la cohesión global de las sociedades
y son asuntos de interés público, y que resultan cruciales para una economía
que sea productiva y eficiente.
D. Los servicios que ofrece
la OIT a los Estados Miembros y a los interlocutores sociales, en particular a
través de la cooperación para el desarrollo, deben ser conformes a su mandato y
estar basados en un entendimiento profundo y en la consideración de las
circunstancias, necesidades, prioridades y niveles de desarrollo respectivos,
también mediante la ampliación de la cooperación Sur-Sur y la cooperación
triangular.
E. La OIT debería mantener
los niveles más altos de capacidad y pericia en estadística, investigación y
gestión del conocimiento para seguir mejorando la calidad de su asesoramiento
sobre políticas con base empírica.
F. En virtud de su mandato
constitucional, la OIT debe asumir una función importante en el sistema
multilateral mediante el fortalecimiento de su cooperación y el establecimiento
de acuerdos institucionales con otras organizaciones a fin de promover la
coherencia entre las políticas en cumplimiento de su enfoque del futuro del
trabajo centrado en las personas, reconociendo los vínculos sólidos, complejos
y cruciales que existen entre las políticas sociales, comerciales, financieras,
económicas y medioambientales.
El Presidente de la
Conferencia, JEAN-JACQUES ELMIGER
El Director General de la
Oficina Internacional del Trabajo, GUY RYDER