viernes, 12 de diciembre de 2014

SOBRE LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN CUBA. INCIDENCIAS EN EL DESARROLLO DE NUESTRO PAÍS

La importancia de esta entrevista que pongo en conocimiento de mis lectores está dada en que la ecuación es simple: a mayor inversión de capitales, tecnologías y mercados en el país, mucho más campo para el desarrollo interno y más fuentes de empleo para la población.

Esta fue la entrevista realizada a la Subdirectora de Inversión Extranjera del Ministerio de Inversión Extranjera y Comercio Exterior.


—¿A qué oportunidades se les da mayor relevancia, dentro de los sectores priorizados?

Se consideran vitales, explicó, la producción e industrialización de alimentos, el desarrollo de producciones industriales para exportar y sustituir importaciones en las ramas de la ligera, la química, la metalmecánica y la electrónica, la generación de energía, especialmente a partir de fuentes renovables, el de­sarrollo turístico, el desarrollo de nuevas infraestructuras tecnológicas y la modernización de las existentes.

—De las modalidades de inversión extranjera (empresa mixta, contrato de asociación económica internacional o empresa de capital totalmente extranjero), ¿cuáles son las que más se potencian en estos momentos?

Entre estas se potencian las asociaciones económicas in­ternacionales, con el objetivo de garantizar la participación de nuestras empresas en proyectos de interés estratégico, la efectiva transferencia de nuevas tecnologías, así como el incremento de la calificación de la fuerza laboral cubana y el cuidado del medio ambiente.

“Estos negocios conjuntos, a los cuales la Ley beneficia con un régimen fiscal especial, promueven el desarrollo de objetivos económicos para la satisfacción de las necesidades de nuestro pueblo. No obstante, las características de cada proyecto aconsejarán la modalidad más factible según sus particularidades.

“El mayor número de negocios con inversión extranjera establecidos en el país se han concertado bajo la modalidad de empresa mixta, seguido de los contratos de asociación económica internacional, entre los que se destacan aquellos que se ejecutan a riesgo de inversionistas extranjeros para la exploración de hidrocarburos y minerales y los contratos de administración hotelera.

“Existen nueve empresas de capital totalmente extranjero establecidas en el país, destacándose aquellas vinculadas con los sectores de energía, infraestructura industrial y el banca­rio. Una de ellas se estableció después de aprobada la nueva Ley No. 118/14”.

—¿Cuántas empresas mixtas o de capital totalmente extranjero existen en el país?

Hasta junio del 2014 en el país existían 208 negocios con capital extranjero. El turismo es el sector con más participación de inversionistas extranjeros, con un 42 % del total de los negocios existentes. Le sigue el sector de energía y minería con el 13 % del total.

—Actualmente, ¿Cuáles son los países de los que más inversiones provienen?

Hasta la fecha, las principales inversiones extranjeras provienen de España, Canadá, Italia, Venezuela, Francia y Reino Unido. Los sectores más estratégicos en los que se ha invertido son: industrias, energía y minas, construcción, agricultura, industria alimentaria y comunicaciones.

---Sobre las inversiones en bienes inmuebles, ¿Qué sucede si se extingue la asociación?, ¿se adquiere la propiedad de forma permanente, cómo se procede y dónde está explícito ese procedimiento?

—En este sector inmobiliario se incentivan los proyectos con fines turísticos, en particular aquellos que comprendan la cons­trucción y explotación de campos de golf, bajo la modalidad de empresa mixta.

“La Constitución cubana establece que la propiedad estatal no puede transmitirse en propiedad, salvo los casos excepcionales en que la transmisión de objetivos económicos se destinen a los fines del desarrollo del país y no afecten los fundamentos políticos, sociales y económicos del Estado, previa aprobación del Consejo de Ministros.

“En cumplimiento de este precepto constitucional, los terrenos para construir estos complejos inmobiliarios se transmiten en derecho de superficie a las empresas cubanas para su aporte al capital de la empresa mixta. Esto permite que la empresa mixta ostente el derecho a construir y a adquirir la propiedad de lo construido, la cual disfrutará mientras dure el derecho otorgado sobre el terreno.

“Al vencimiento de este derecho, la propiedad del complejo inmobiliario se revierte al propietario del terreno (Estado). El procedimiento para liquidación de los activos de una empresa mixta, se establece en el Decreto Ley 325 Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera.

“Conforme al Código Civil, el derecho de superficie como de­recho a construir sobre terrenos ajenos, puede concederse por un término de hasta 99 años y si se otorga por un periodo inferior puede ser prorrogado hasta dicho término.

También puede concederse el derecho de superficie perpetuo para la construcción de viviendas o apartamentos dedicados al turismo. “Los compradores de los inmuebles ubicados en estos de­sa­rrollos inmobiliarios los adquieren a título de propiedad”.

 —Atendiendo a nuestros lectores: ¿las cooperativas no agropecuarias, que tienen personalidad jurídica, pueden considerarse parte en un contrato de asociación u otra modalidad de inversión extranjera?

Todas las cooperativas tienen personalidad jurídica y por tanto pueden ser parte de proyectos conjuntos con inversión extranjera. En la Política de Inversión Extranjera se definen los sectores priorizados a desarrollar con capital foráneo, sien­do la Cartera de Oportunidades el documento donde estas prio­ridades se darán a conocer y por el que se promocionarán las oportunidades en las que las cooperativas podrán estar vinculadas.

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