Tengo un trabajo en el cual voy a tratar la experiencia cubana en lo que a mi entender debe ser el control social, dado por la inspección especializada del trabajo y la responsabilidad del empresario y del estado con la seguridad y salud en el trabajo.
•Según la ley , la inspección
del trabajo controla el cumplimiento de la legislación
de trabajo,
de seguridad social y dispone o aplica las medidas legalmente establecidas.
•Se ejerce por:
•Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
•Ministerio de Salud Pública
•Ministerio del Interior
•Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio
Ambiente
•Organismos, Órganos y Consejos
Administración
Aunque también es responsabilidad de los
empresarios.
El MTSS ejecuta la inspección del trabajo mediante la Oficina Nacional de Inspección del Trabajo y sus filiales en los respectivos territorios.
Los sujetos de la inspección del trabajo son los empleadores radicados en el territorio nacional con independencia del sector y otros que la ley determine.
Las medidas que aplica la inspección son:
•Obligación
de hacer, apercibiendo por escrito al infractor el cese de las
causas o los efectos de la infracción dentro
del plazo que se le fije y de no hacerlo se
dispone que se ejecute por su jefe inmediato superior
y que actúe contra el infractor;
•clausura,
paralización inmediata de equipos, maquinarias, cierre de locales
o
centros que se consideren peligrosos por atentar contra la seguridad y salud de
los trabajadores
o
de la población en general o ambas
•multa
a personas jurídicas y naturales, cubanas y extranjeras del sector no estatal.
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