jueves, 14 de julio de 2011

POR SU IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA PUBLICO LA SIGUIENTE NOTICIA TOMADA DEL BLOG DE MI QUERIDO AMIGO MARIO ELFFMAN

BOLIVIA ELEGIRÁ A SUS JUECES POR SUFRAGIO POPULAR
(Editado por Mario Elffman el 15/07/2011 en http://juzgado18.blogspot.com)
En una experiencia sin antecedentes en el mundo, entra en vigencia efectiva una ley que establece la elección por voto popular de los integrantes de los principales tribunales judiciales de Bolivia: el Tribunal Supremo de Justicia, el Consejo de la Magistratura, el Tribunal Agroambiental y el Tribunal Constitucional Plurinacional.
Se plasman en la norma algunos de los profundos cambios en las estructuras político-jurídicas de la Nueva Constitución, promulgada en febrero de 2009 tras un referéndum aprobado por el 61,43% de su pueblo. Ella establece que la elección de los magistrados de los órganos superiores del Poder Judicial se efectuará mediante sufragio universal, precedido de una preselección de postulantes votada por dos tercios de la Asamblea Legislativa Plurinacional. El proceso es puesto a cargo del Órgano Electoral, que tiene la responsabilidad de difundir los méritos de los candidatos, quienes no pueden realizar campaña electoral a favor de sus candidaturas bajo apercibimiento de inhabilitación.
El período del mandato producto de esas elecciones se limita a seis años, sin posibilidad de reelección. Los vocales de los tribunales departamentales son elegidos por el Tribunal Supremo de Justicia previa preselección del Consejo de la Magistratura. El resto de los jueces es elegido por el mismo Consejo mediante concurso de méritos y exámenes de competencia.
Cabe agregar que en el sistema judicial boliviano se fijan dos tipos de jurisdicciones: la ordinaria y la indígena-originario-campesina, donde los justiciables hacen valer sus derechos y defienden sus intereses, en las mismas condiciones de igualdad procesal y material que en la jurisdicción ordinaria, pero solo procede contra personas de la comunidad indígena-originario-campesina y en su jurisdicción territorial. Es éste otro muy novedoso ensayo en procura de la solución de conflictos de diferentes etnias y comunidades.
Para quienes consideran que el principio de división de los poderes del Estado reclama un mayor ritmo de democratización de la Justicia, es sumamente interesante seguir el desarrollo de esta tan novedosa experiencia. Sin duda, ha de serlo también para quienes tienen argumentos críticos basados en el principio de inamovilidad de los jueces como garantía de su independencia.
Recomiendo la lectura de la fuente de esta nota, en http://www.redij.org/eleccionjuecesbolivia/
Mario Elffman

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