Alemania: cuidado con la comparación laboral
|
Rafael
Poch · · · · ·
|
|
26/02/12
|
|
La utilización del “ejemplo alemán” en materia
socio-laboral es dudosa si no se atiende a las fuertes diferencias de
contexto
Al tópico del "hay que hacer los deberes", sin
explicar quién es el maestro de tal infantil imposición, se suele sumar la
evocación selectiva del "ejemplo alemán": los alemanes lo han
hecho, los alemanes tienen poco desempleo, luego hay que hacerlo.
Cada uno de los presupuestos de esa afirmación contiene una trampa. Así que
el resultado no puede ser más dudoso. Ocurre, naturalmente, con la llamada
"reforma laboral".
Visto desde España el cuadro laboral alemán es
incomprensible sin atender a sus aspectos generales básicos. En primer lugar,
en Alemania los trabajadores tienen mayor influencia en
las empresas. En el marco de la llamada "cogestión"
(Mitbestimmung), elogiada la semana pasada por el secretario general de la
OCDE, Angel Gurría, los comités de empresa tienen poder de decisión en
aspectos que en España son mucho más exclusivos del empresario, como jornada
laboral, organización del trabajo, rendimiento y salarios. El empresario
asume todos los gastos del comité de empresa, incluida la formación de sus
miembros. En aquellas empresas que tienen comités de empresa (alrededor del
40% de los trabajadores operan en empresas que los tienen), el despido debe
ser consultado y es nulo si no se hace. En algunos sectores, como las grandes
empresas de la minería y el acero, la participación laboral en los consejos
de administración es paritaria. Todo ello da cierta influencia en la toma de
decisiones.
Flexibilización y empleo
En general en Alemania las relaciones laborales son
menos "feudales", en el sentido de menos arbitrarias, y los
empleados tienen, por tradición, una mayor conciencia de sus derechos. Dicho
esto, en los últimos años se ha desarrollado un "segundo mercado de
trabajo" que destroza el marco de relaciones tradicional y desdibuja por
completo ese estado de cosas que, desde luego, no es general para todos los
trabajadores. Ese "segundo mercado", con sus figuras
("minijobs") e instituciones (agencias privadas de empleo, etc.)
implica a unos ocho millones de empleados en sus diversas formas y
variedades, y apunta hacia una sociedad imprevisible sin la menor relación
con el admirable "Modell Deutschland". Su planteamiento se creó en
nombre de la flexibilización, aunque no existe ni un solo estudio que
demuestre que la flexibilización laboral crea más empleo.
Contra el tópico que se maneja en España, el efecto de
la flexibilización laboral en Alemania no ha sido más trabajo (el volumen
total de horas trabajadas en el año 2000 era de 57,7 millardos, y en 2010 fue
de 57,4) sino el reparto del mismo trabajo entre más personas. Ese es uno de
los secretos que la propaganda del gobierno alemán omite cuando afirma que el
país tiene hoy "menos parados que nunca": no es verdad.
El paro en su contexto
En segundo lugar, el universo alemán es diferente al
español en aspectos fundamentales como su estructura económica, fuertemente
industrial-exportadora, su mucho mayor gasto social (a 25 puntos de ventaja
del español, que está 15 puntos por debajo de la media europea), y su muy
inferior tasa de paro.
En un país con un desempleo del 7%, que incluye algunas
regiones con casi pleno empleo, el despido no es una calamidad percibida poco
menos que como definitiva, como puede serlo en un país con el 23% de paro,
sino un mero incidente entre dos ocupaciones. Jugando con una analogía penal,
se podría decir que el mismo despido que en España puede percibirse como una
dura y fatal condena, en la Alemania de hoy puede no pasar de una leve y
corta pena de arresto domiciliario.
Evidentemente, incluso teniendo en cuenta los problemas
del subempleo, las dificultades para encontrar trabajo de los mayores de 45
años y la propagandística contabilidad oficial del paro (más un millón de
parados barridos debajo de la alfombra, según los sindicatos), todos estos
aspectos generales convierten en profundamente diferentes, por su contexto,
normas y regulaciones parecidas, iguales e incluso más duras para el
trabajador alemán en materia de despido, costes y negociación colectiva.
Despido: un recurso diferente
Dicho todo lo anterior, el despido alemán puede ser
justificado o injustificado. En el primer caso, respetados los procedimientos
correspondientes, la empresa no está obligada a pagar indemnización. Si es
injustificado se busca un acuerdo cuya norma suele ser la mitad de la
mensualidad por año trabajado. Si el trabajador no acepta el trato y el despido
se declara judicialmente injustificado, la empresa debe readmitir al
trabajador y abonarle los salarios atrasados.
Una vez más, ese cuadro legal induce a error sin
atender a otra diferencia fundamental: mientras los empresarios españoles
estuvieron dispuestos a asumir el coste de los despidos improcedentes y
deshacerse de los trabajadores, en Alemania los empresarios invirtieron en
2009 aproximadamente 5000 millones de euros en la coofinanciación del llamado
"Kurzarbeit" (trabajo con jornada reducida) y mantener sus
plantillas. La reforma laboral española da más poder a un empresario
cortoplacista, mientras que el Kurzarbeit apunta otro tipo de perspectiva.
Este recurso permitió preservar 1,2 millones de puestos de trabajo. En mayo
de 2009, en el peor momento de la crisis para Alemania, casi 500.000
empleados y 56.000 empresas estaban en este régimen. Ahora hay menos de
80.000 empleados en él. Eso no tiene nada que ver con la mayor
"maldad" o "bondad" del empresariado, sino con la
estructura económica y el volumen de gasto social.
Una red social que se encoge (y se debate)
En caso de desempleo la cobertura del seguro alcanza un
año, aunque es más larga para los mayores de 55 años, y asciende al 67% del
antiguo salario. Concluido ese periodo, se pasa a recibir la prestación no
contributiva que asciende a 359 euros mensuales, más el pago del alquiler de
la vivienda, los gastos de calefacción y toda una serie de extras,
dependiendo del número de hijos y de su edad. En los últimos años estas
prestaciones fueron muy recortadas a la baja (en algún caso el Tribunal
Constitucional obligó a revisarlas), lo que ha transformado el ambiente
social en dirección a una mayor pauperización. Esa tendencia es vista como
problema y objeto de un vivo debate, social, mediático y parlamentario que
atraviesa a todas las fuerzas políticas.
La ayuda no contributiva, en principio indefinida, ha
sido fuertemente penalizada y condicionalizada por principios como el de
"fomentar y exigir" y conceptos judicializados como el de
"trabajo asumible", que exigen al parado, especialmente al menor de
25 años, que participe activamente en la búsqueda de trabajo y que obliga a
aceptar prácticamente cualquier oferta de empleo. Esta dureza debe ser, una
vez más, cotejada con un contexto en el que, según los últimos datos
(diciembre de 2011), la media de permanencia de un joven menor de 25 años en
situación de desempleo es en Alemania inferior a las catorce semanas, lo que
en España, con toda una generación aparentemente condenada al desempleo, sería
un sueño.
Rafael Poch,
amigo y colaborador de SinPermiso, es el corresponsal en Berlín
del diario barcelonés La Vanguardia.
|
POR UN NUEVO MODELO DE RELACIONES LABORALES DEL SIGLO XXI SIN VIOLENCIAS EN EL MUNDO DEL TRABAJO ¡CAMINANTE, NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!
Páginas
- Página principal
- ACTUALIDAD DE LA VIOLENCIA LABORAL Y SU EXISTENCIA...
- VISION DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES EN LA METODOLO...
- RESPUESTA LEGAL A LA VIOLENCIA LABORAL EN PAÍSES S...
- LA CARTA SOCIOLABORAL LATINOAMERICANA. UN TRATADO ...
- SENTENCIA DEL TRIBUNAL ÉTICO ANDINO, PARA LA REGIÓ...
- VIOLENCIA DE GÉNERO EN LAS RELACIONES LABORALES. E...
martes, 28 de febrero de 2012
GRACIAS A LA CONTRIBUCIÓN DE PEDRO GUGLIELMETTI, TRANSMITO EL SIGUIENTE TRABAJO SOBRE ALEMANIA
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario