viernes, 29 de octubre de 2010

ALGUNAS REFLEXIONES PERSONALES SOBRE LA ETICA, EL DERECHO Y LA SALUD EN LAS RELACIONES LABORALES.

El tema me apasiona y fue un trabajo presentado en un ejercicio científico, que iré publicando en tres tiradas para propiciar comentarios y debates. Comienzo con el presente.


Los nuevos procesos en que se envuelve la humanidad por el desarrollo científico – técnico obligan a una reflexión sobre el nexo existente entre la ética, el derecho, la moral (inclusive) la salud y el trabajo, tomando en cuenta la situación que atraviesa el mundo con los problemas derivados de la falta de servicios de salud asequibles a la población y que constituyan base suficiente para garantizar el desarrollo físico y mental y de la personalidad de los ciudadanos.

Existe y se ha consultado una gran cantidad de información sobre bioética, salud y salud mental, autoidentificación bio-psicosocial del individuo, en su relación con la violencia laboral y el compromiso y responsabilidad social de los Estados con la garantía del respeto de los derechos humanos a partir de la noción del trabajo decente y los principios y derechos fundamentales que corresponden a los trabajadores.

Este tema entraña un verdadero reto a la imaginación, tomando en cuenta la responsabilidad que en primer orden tienen las empresas con sus trabajadores y los Estados con sus ciudadanos, que no pueden dejar de asumir y sobre las cuales estos pueden ejercer un control, para el logro de los objetivos de una mayor protección a sus derechos ciudadanos.

Nos preocupa el abordaje de algunos términos, la manipulación de la información y cómo se desvirtúan algunos enfoques relacionados con los sectores formales e informales de la economía, intentando establecer un signo de igualdad entre ellos, cuando todos conocemos que, por la experiencia de la América Latina, región que nos interesa por la explosividad de la exclusión social, miseria e inequidad a que se someten los ciudadanos, el sector informal no tiene ninguna posibilidad de asegurar condiciones más o menos estables, “decentes” y proveedoras de seguridad a los trabajadores, ya que ni siquiera el Estado juega su papel enteramente en el sector formal, por haber dejado de regular las relaciones sociales que en él se establecen.

El trabajo en negro, el trabajo esclavo denunciado en muchos países, amparado en las deudas, servidumbre, explotación sexual y otros, es una ficción de formalidad y no podría siquiera ser utilizado como condición del ejercicio de algunos derechos, además de ser parte integrante de la violencia que se ejerce a diario contra las personas y que vulneran sus derechos fundamentales.

Si en el sector formal se viola a diario la ley, si el Estado neoliberal desregulariza y flexibiliza los marcos protectorios, ¿qué pasará con la población excluida de tratamiento y atención? ¿Podríamos asegurar que no sean explotados los niños mediante la obligación de trabajar? ¿Acaso no se defiende el trabajo infantil como forma de ayuda a la familia cuando los adultos no consiguen un empleo? ¿Cómo es posible que haya empleo para los niños y no para los adultos? La respuesta es inmediata: no existe ninguna protección para los niños, los salarios son inferiores, sus pocos años no les permiten entender la situación de explotación y violencia a que se encuentran sometidos. Y los empresarios siguen llenando sus bolsillos y obteniendo el lucro derivado del sudor y la sangre de los menores.

¿Alguien puede asegurar que las mujeres sean tratadas con equidad de oportunidades, sin discriminación al igual que los discapacitados, los trabajadores de mayor edad y los inmigrantes? Y debemos entonces situar un signo de igualdad real entre la discriminación y la violencia, ya que la primera constituye uno de los elementos más difundidos para ejercer presión y hostigamiento contra los trabajadores y las trabajadoras. Comentarios sobran.

Saltan a la vista y se aplican a diario teorías novedosas en la gestión de personal que encierran riesgos para los trabajadores como son el llamado outsourcing, conocido como la subcontratación y la externalización, aunque no son enteramente iguales en su contenido, el teletrabajo, las competencias laborales, la filosofía TEA, el autoempleo, el empowerment, el outplacement, el contrato psicológico, la rotación de personal, la evaluación del desempeño, los sistemas de calidad total, más recientemente la flexiseguridad y otros porque aún no sabemos si bien utilizados constituyan nuevas formas de eficiencia y competitividad, pero como los conocemos hoy en día, no son otra cosa que una forma antigua de explotación, con nuevo ropaje, de una fuerza de trabajo que, por los altos niveles de desempleo y subempleo, debe callar, resistir y permitir el uso indiscriminado de sus potencialidades a favor del capital. En general todas constituyen una forma de “desideologizar la lucha de los trabajadores por sus derechos”

En el medio de tanta desilusión y esperanzas perdidas, se agrava la situación con el uso abusivo del poder, con una dosis de violencia organizada, institucional contra los jóvenes, las mujeres, los niños. Las transnacionales invierten, ganan, reinvierten sus ganancias, cada día enriquecen a sus dueños, a la misma velocidad que empobrecen a los trabajadores. Droga, alcohol, maltratos, violencia física y psicológica, el silencio deliberado que impide el normal desarrollo de las habilidades y destrezas, de los conocimientos a partir de un chantaje real y emocional producto de los riesgos de estallidos sociales en los movimientos organizados, nos hacen proponer una incursión en estos temas a favor de una mayor investigación, porque cómo podríamos seguir riendo, trabajando, estudiando, disfrutando y en fin viviendo, cuando otros mueren de hambre, miseria, dolor, enfermedades curables, torturas, maltratos, espanto, insatisfacción….


Las relaciones entre ética, moral y derecho son complejas porque se dan circunstancias en las que no existe un claro acuerdo social para definir cuáles son las conductas exigibles jurídicamente. 

Leyendo en algunos textos nos encontramos que hay autores que consideran que “la conducta, la voluntad o el juicio es ético o moral (bueno o malo, recto o erróneo) precisamente cuando se ajusta a determinados contenidos materiales, que desempeñan la función de normas de enjuiciamiento de la bondad o de la maldad ética o moral”.[1]

Verdaderamente los términos “ética y moral” son apelativos de un modo de abordar la vida, de comportamiento y que algunas veces se utilizan como sinónimos sin serlos. Se dice que “ética” es el sinónimo de recto, conforme a la moral, parte de la filosofía que trata de la moral y de las obligaciones del hombre, conjunto de normas morales que rigen la conducta humana. Ética profesional[2]. Ética sería el estudio de la moral[3] y moral se entiende como perteneciente o relativo a las acciones o caracteres de las personas, desde el punto de vista de la bondad o malicia. Que no pertenece al campo de los sentidos, por ser de la apreciación del entendimiento o de la conciencia. Prueba, certidumbre moral. Que no concierne al orden jurídico, sino al fuero interno o al respeto humano. Ciencia que trata del bien en general, y de las acciones humanas en orden a su bondad o malicia[4].

 También se dice que moral es “la presión de unas normas vigentes en un grupo social dado” en su acepción de costumbres[5]. Pero es mucho más que eso porque desde un enfoque filosófico hay conexiones entre los comportamientos personales éticos y morales. Además “los hombres, sea consciente o inconscientemente, derivan sus ideas morales, en última instancia de las condiciones prácticas en que se basa su situación de clase, de las relaciones económicas en que producen e intercambian lo producido.[6] De esta forma queda definido que la moral ha sido siempre una moral de clase, por lo que las concepciones morales y jurídicas serán siempre una expresión de las relaciones sociales y políticas en que el hombre vive. Se deduce entonces que el hombre piensa como vive y su comportamiento moral y ético depende de lo que en su momento se considera justo o injusto, erróneo o correcto en su sociedad.

Entonces la aplicación de la justicia en el sentido moral puede conducir a situaciones de injusticia en otra sociedad y eso se puede observar día a día en la aplicación de leyes como la sharía en los países que profesan la religión musulmana y además su Estado es confesionario musulmán.[7]

“Pueden llegar a ser morales actos que aún siendo muy poco éticos están orientados a eliminar a un individuo dado de un puesto social (lesionando sus intereses y aún poniendo en peligro su subsistencia), si sólo de este modo, es decir, «poniéndole en su lugar», se hace justicia a este individuo y a la sociedad que lo alberga”[8]

Hay un conflicto permanente entre ética y moral por lo antes señalado, ya que todo posicionamiento moral por grupos humanos heterogéneos con normas morales propias basadas en su religión, clase social a que pertenecen, profesiones que desempeñan, procedencia nacional, edad y otros elementos puede parecer fuera de toda moral para otro grupo y solamente sería acatado  a través del ordenamiento jurídico, con la fuerza impositiva que le otorga el Estado.

Hacemos alusión de pasada a los conceptos de ética y moral en un estado de derecho determinado porque no se puede abordar  el tema del derecho a vivir en una sociedad sin violencia, en un ambiente de trabajo seguro y saludable  a espaldas de lo que los ciudadanos entienden por conductas y comportamientos éticos y morales, que pueden estar o no incluidos en normas legales que respalden un accionar dado y sin embargo se apele a la necesidad de reforzar la «educación ética» de los ciudadanos a fin de hacer posible su convivencia de respeto a los derechos de todos. Es la forma de crear en los ciudadanos un paradigma de moral sin violencia, bajo la conminación de acciones legales o simplemente por un conjunto de valores que formen parte de la enseñanza desde edades tempranas.

Entonces desde la política, se trazan estrategias en las cuales la misión principal consiste en la educación de la juventud en principios éticos y morales  que por ejemplo los inclinaría a ser tolerantes y respetuosos, incluso con quienes profieren sin cesar juicios ajenos a su realidad, sacados de contexto, obscenidades u opiniones malintencionadas, así como a identificar valores de solidaridad y de compromiso con la defensa de los principios de justicia social y de respeto a la dignidad humana.

El poder del Estado compulsa un actuar a partir de la norma legal coactiva, que no es una  norma ética, ni siquiera una norma moral, aunque viniendo de un estado comprometido con la protección de sus ciudadanos y  el respeto de sus intereses, derechos y su vida, las normas morales y éticas traen solamente un ropaje jurídico para obligar a su observancia por todos los ciudadanos.  Llegamos entonces a una conclusión para adelantar en el tema de que sin ética, en su sentido más estricto, como rectitud en el actuar de acuerdo a normas morales y obligaciones, tampoco podría hablarse de moral ni de valores pero esto no puede llevarnos a identificar las normas éticas con las normas morales o siquiera juicios políticos.

Veamos el siguiente ejemplo. En un país X, de América Latina estamos en presencia de un trabajador de una conducta intachable y un comportamiento acorde a las normas y principios generales contenidos en los reglamentos empresariales, que es despedido con “fraude de ley”, amparado el empleador en una medida de reducción de gastos a través de un redimensionamiento estructural cuando la realidad ha sido una simulación de reducción de plazas para ubicar en su lugar a otra persona que fue recomendada por un político influyente del partido en el poder. Su familia no tiene una fuente de sustento que no sea el salario que honradamente ganaba.  Después de varios intentos por hallar otro empleo, regresa a la empresa anterior, pidiendo un trabajo de carácter temporal, y se entera que hay una persona ocupando su puesto anterior.

Reclama una respuesta que no recibe y cegado por la injusticia de que ha sido objeto, comete un acto de violencia física al golpear al jefe que lo engaño, causándole lesiones de mediana envergadura. Desde el punto de vista ético su actuación corresponde a una justa causa y, sin embargo, ésta entra en contradicción directa con los valores morales y las normas jurídicas vigentes, porque las relaciones humanas traen subyacentes relaciones de conflicto, siendo puro idealismo dar por sentado que dichas relaciones serán armoniosas porque de los ciudadanos se esperan comportamientos éticos acorde con la educación recibida.

Así vemos cómo se pueden inducir comportamientos a través de los medios, tanto correctos como incorrectos, en acciones y omisiones dictadas por la ética y la moral, en nuestro caso, de una sociedad socialista.  Los valores éticos se transforman en realidad en normas morales o en normas jurídicas si son tutelados por el derecho.

Siguiendo en el orden de las reflexiones del tema escogido, la otra dificultad que enfrentamos está en la relación entre el derecho y la bioética porque algunas definiciones  señalan escuetamente que bioética “es la aplicación de la ética a las ciencias de la vida” con lo que no obtenemos claridad, más bien nos oscurece el panorama y nos dificulta mucho más el entendimiento y el establecimiento de nexos en una materia tan importante. Es cierto que se trata de ciencias diferentes: el derecho es una ciencia valorativa de conductas que afectan a las relaciones entre las personas, en tanto que la biología es una ciencia experimental que se basa en datos empíricos, y la ética es una ciencia abstracta que busca solución al ser de las cosas y a su actuación según ese ser. Se trata de tres ciencias con diferentes objetos de estudio. En algunas ocasiones el derecho necesitará acudir a estas ciencias para poder emitir un juicio de valor. Por ejemplo: un juez puede necesitar de un informe pericial de un biólogo con el fin de poder aplicar el derecho, o el Congreso puede, en alguna ocasión, nombrar un Comité de Ética para que emita un informe sobre un tema concreto[9].

Esta no es la única dificultad, existen otras y una de ellas afecta a la relación entre el derecho y la biología porque de hecho muchas veces el derecho olvida al hombre y su dignidad, supeditándolo a otros intereses. El "Derecho" como la "Bioética" ejerce un control social en un ámbito en que están en juego derechos e intereses de todos y cada uno de los individuos de una comunidad. Coinciden también en que para ambos debe haber una regulación normativa detallada, es necesario que el legislador intervenga ordenando conductas, lo que no puede quedar al libre arbitrio de profesionales e investigadores.

La Bioética no es sencillamente «Ética», por ejemplo, una rama de la ética que se ocupa de la vida, o una aplicación de la ética a la vida. Pues con este género de respuestas nada logramos aclarar en realidad. ¿Acaso la ética no se ocupa siempre de algo que vive? ¿Y dónde podrá aplicarse la ética si no es a algo que está viviendo?

La Bioética no es, por tanto, Ética, de modo exclusivo; es también Moral (si «Moral» equivale a todo cuanto se refiere a las normas que presiden a un grupo humano dado entre otros grupos). La Bioética no se reduce ni a la ética, ni a la moral, ni a la política, ni al derecho... aunque los problemas de los cuales se ocupa sean problemas éticos, o morales, o políticos, o jurídicos... Pero son problemas que, aunque semejantes a los que tradicionalmente se planteaban, han de experimentar un replanteamiento nuevo. Y esto en función de las grandes novedades que caracterizan a nuestro presente. Podemos dibujar estas novedades desde diferentes frentes (que, por otra parte, están en profunda interacción mutua).

Es de la confluencia de estos «frentes» de donde ha surgido el punto de vista bioético. Pues esta confluencia ha determinado la aparición de situaciones nuevas, que desbordan ampliamente las fronteras de la ética, de la moral, de la política, del derecho, de la medicina o de la biología tradicionales.


[1] Diccionario de Pelayo Sierra sobre Filosofía. Consultado en http://www.filosofia.org/
[2] Microsoft® Encarta® 2006. © 1993-2005 Microsoft Corporation. Reservados todos los derechos
[3] «la investigación filosófica del conjunto de problemas relacionados con la moral», dice Günther Patzig en su libro Ética sin metafísica, 1971, consultado en el sitio anterior.
[4] Microsoft® Encarta® 2006. © 1993-2005 Microsoft Corporation. Reservados todos los derechos
[5] Es el concepto más usual en idioma español
[6] Moral y derecho. Verdades eternas. Anti-Dühring. Federico Engels. Pag. 115. Editorial Pueblo y Educación. 1975. La Habana. Cuba
[7] Pena de muerte por lapidación promulgada por el tribunal musulmán, utilizada contra las mujeres que han sido infieles, han contraído nuevas nupcias después de enviudar, han salido embarazadas fuera del matrimonio incluso por violación de sus cuñados, etc. Han sido los casos de Amina Laval en Nigeria, contra cuya pena de muerte hubo un movimiento internacional para evitar que fuese lapidada y su hija recién nacida quedara huérfana.  (Nota de la autora)
[8] Tomado del diccionario filosófico de Pelayo Sierra, de Internet, http://www.filosofia.org/
[9] De esta forma se manifiestan Alex Gratacós y J.Vidal-Bota de la Asociación Catalana de estudios bioéticos en su obra “Bioética y derecho”.

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