Sigue lloviendo sobre mojado. La violencia laboral se expresa en diferentes campos y actividades pero ésta, la de los CALL CENTERS o Centros de Llamada, donde la experiencia acumulada en Centroamérica y en otras regiones indica que se manifiesta una total desprotección de las personas.
Por: Carlos Ayala Montero.
ayalaabogado@hotmail.com
Con la globalización económica y cultural, llegaron a nuestro país las trasnacionales de la comunicación y explotaron entre otros, el negocio de las llamadas internacionales o “call centers”.
Hoy estas trasnacionales pagan salarios por encima del mínimo, incluso se dice que cuando llegaron a nuestro país estaban dispuestas a pagar salarios superiores a los actuales, pero algunos les aconsejaron que no lo hicieran porque ese no era el nivel de ingresos del común de los panameños. También ofrecen incentivos por producción y bonos, etc. A todos nos parece bueno que se paguen salarios superiores al mínimo, y que se den las otras regalías descritas, pero a cambio, estas empresas abusan de los trabajadores, a ciencia y paciencia de las autoridades laborales.
En primer lugar, le exigieron al país que sus trabajadores deberían manejar el idioma inglés, y todo el mundo corrió a ofrecer y adquirir, mediante capacitación pública y privada, el manejo de dicho idioma. A estas empresas, dicha capacitación no les costó ni un solo centavo, a pesar que se benefician en un margen muy superior que el que reciben en concepto de salarios sus trabajadores, de esa cualidad.
En segundo lugar, han puesto de moda el llamado “training”, consistente en “preparar” durante un mes, a los jóvenes para adecuarlos al manejo de las actividades propias de la empresa y durante ese “training” no pagan ni un céntimo a los trabajadores, los cuales sin embargo, están obligados a cumplir con todas los deberes descritos en el Código de Trabajo, el Reglamento Interno de la empresa y el contenido de sus contratos individuales de trabajo. Los trabajadores no pueden faltar al trabajo; si sufren algún accidente dentro o fuera del trabajo, es su responsabilidad, y deben comportarse como el mejor para aspirar a ingresar formalmente a la empresa. Los call centers sin embargo, usan esa mano de obra por un mes de manera gratuita y al final la contratan, pero a veces también los despiden, sin derecho a ninguna prestación.
El contrato tiene vigencia por unos pocos meses, y en algunas ocasiones contiene una cláusula de periodo “probatorio”, durante el cual pueden despedir al trabajador sin responsabilidad alguna para la empresa, pese a que ya pasó el “training”. Cuando el contrato llega a su término, estas empresas no vuelven a contratar al trabajador, sino que lo obligan a quedar un tiempo cesante y luego recontratarlo, empezando con el “training” nuevamente.
Este “training” es una especie de trabajo forzoso prohibido por los Convenios 29 y 105 de OIT, pero ocurre en nuestro país, a ciencia y paciencia de las autoridades laborales, cuya Ministra está más preocupada por perseguir a los sindicalistas que evitar esta explotación y además porque los nuevos funcionarios de inspección del trabajo no tienen ninguna preparación para enfrentar las tareas de su cargo.
POR UN NUEVO MODELO DE RELACIONES LABORALES DEL SIGLO XXI SIN VIOLENCIAS EN EL MUNDO DEL TRABAJO ¡CAMINANTE, NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!
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